Alfonso Peña: «Los reconocimientos extrajudiciales de crédito son la vía de escape del sistema para dar salida a las averías que se producen en la gestión”
Imagen: Cortes de Aragón
El presidente de la Cámara de Cuentas de Aragón, Alfonso Peña, ha comparecido esa mañana en las Cortes de Aragón para presentar el Informe de fiscalización de los expedientes de reconocimientos extrajudiciales de crédito aprobados por las entidades locales de Aragón en el ejercicio 2018, acompañado de la consejera de la Institución y responsable del Informe, Rosa Montolío.
Alfonso Peña ha afirmado que «los reconocimientos extrajudiciales de crédito son la vía de escape del sistema para dar salida a las averías que se producen en la gestión” y, en este sentido, un procedimiento tan poco regulado y flexible en el que cabe todo: obligaciones irregulares, bien porque carecen de crédito cuando se comprometen, o porque no tienen contrato que les dé cobertura legal, o bien, porque las obligaciones han sido informadas desfavorablemente por la intervención; y también, para dar solución cuando se ha omitido la fiscalización previa de la intervención, siendo esta preceptiva. En resumen, «un gran sanatorio en el que se meten todo tipo de operaciones averiadas para que puedan ser tramitadas».
En 2018, las 27 entidades locales aragonesas auditadas tramitaron 1.679 expedientes de reconocimiento extrajudicial de créditos, por un importe total de 71 millones de euros. De ellos, el 75% corresponde al Ayuntamiento de Zaragoza, por importe de 53 millones de euros, un dato que el presidente de la Cámara ha calificado de «preocupante». «El ayuntamiento de Zaragoza tiene el dudoso honor de estar entre los primeros ayuntamientos de España en número de reconocimientos extrajudiciales de crédito». En relación con este ayuntamiento, Peña ha añadido que, además de los reconocimientos extrajudiciales de crédito comunicados en 2018, los auditores de la Cámara detectaron 6 expedientes más no comunicados, por importe de 890.328 euros, y otros 22 millones de gasto tramitados por el procedimiento ordinario, debiéndose haber tramitado por el excepcional del reconocimiento extrajudicial de crédito, al tratarse de gastos realizados sin soporte contractual.
De los datos globales, el presidente de la Cámara de Cuentas también ha destacado que el 94% de los gastos que se liquidaron a través de este procedimiento, por importe de casi 67 millones de euros, fueron gastos que habían sido indebidamente comprometidos, la mayoría por carecer de cobertura contractual, pero también, por tratarse de gastos que se comprometieron sin existir cobertura presupuestaria.
En cuanto a las causas que explican el uso indebido de este procedimiento, Alfonso Peña se ha referido a la existencia de una regulación insuficiente, que favorece que se puedan utilizar para casi todo, y también, al hecho de que a través de este procedimiento las entidades locales evitan las consecuencias económicas que un acto irregular puede ocasionar, tanto para los terceros proveedores de las administraciones locales, que tendrían una pérdida patrimonial si no se les pagaran los servicios después de haberlos prestado, como para la administración, que si no pagara tendría un enriquecimiento injusto al incorporar a su patrimonio unos bienes o servicios sin la contraprestación del pago.
La solución a esta situación, según ha explicado el presidente de la Cámara de Cuentas, es que las administraciones locales apliquen el modelo que prevé el nuevo Reglamento que regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, en vigor desde el 1 de julio de 2018 y que contempla diferentes procedimientos administrativos según se trate de resolver discrepancias entre el órgano gestor y la intervención municipal, de la omisión de la fiscalización previa, o del pago de obligaciones a acreedores de la administración, una vez que esta ha declarado la nulidad de pleno de derecho de alguno de los actos que eran la causa de las obligaciones. «Este es un modelo perfectamente homologable al que ya existe en la Administración del Estado y en la Comunidad Autónoma», ha concluido.
En su turno de intervención, la consejera Rosa Montolío, ha hecho hincapié en la necesidad de una mayor planificación de la contratación, con controles que pongan en alertan a los órganos gestores ante la finalización de los contratos, con el fin de iniciar los procedimientos de contratación con la antelación suficiente para evitar el pago de las obligaciones mediante procedimientos excepcionales, como el de los reconocimientos extrajudiciales de crédito.
El reconocimiento extrajudicial de crédito (REC) es un procedimiento excepcional que permite reconocer y aplicar al presupuesto obligaciones, normalmente de ejercicios anteriores, que en la mayoría de los casos derivan de contratos u otros gastos que no fueron debidamente tramitados por la Administración. De esta forma, las entidades locales reconocen a los contratistas el derecho a cobrar las prestaciones realmente ejecutadas, aunque hubieran sido comprometidas por aquellas de forma irregular, evitando así el enriquecimiento injusto que tendría la administración en el caso de no realizar el pago de los servicios recibidos y los costes añadidos que supondría exigir a los acreedores que reclamaran su crédito judicialmente.
Los grupos parlamentarios han coincidido en la conveniencia de llevar a la práctica las recomendaciones de la Cámara de Cuentas, entre otras, el uso de este procedimiento de reconocimiento extrajudicial de crédito con carácter excepcional, de acuerdo con lo que establece la legislación vigente (según el informe solo el 5% se ajusta al supuesto de hecho que contempla la normativa que regula este procedimiento), que se establezca, al menos en las bases de ejecución del presupuesto, el procedimiento de aprobación de los reconocimientos extrajudiciales de crédito y que se lleve a cabo un mayor control interno que permita reducir las causas e incumplimientos que los originan.
Este informe se ha realizado en coordinación con el Tribunal de Cuentas y el resto de los órganos de control externo autonómicos.